Nueva ITC para puntos de recarga de vehículos eléctricos

El consejo de ministros del pasado viernes 12 de diciembre ha aprobado una nueva Instrucción Técnica Complementaria, ITC, BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos«, del reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo.

El Real Decreto establece básicamente las dotaciones mínimas de la estructura para la recarga del vehículo eléctrico en edificios o estacionamientos de nueva construcción y en vías públicas:

Punto de recarga vehículo eléctrico en el Hotel Cordial Mogán Playa
Punto de recarga de vehículo eléctrico en el Hotel Cordial Mogán Playa

1.- En edificios o estacionamientos de nueva construcción deberá incluirse la instalación eléctrica específica para la recarga de los vehículos eléctricos, con las siguientes dotaciones mínimas:

  • En aparcamientos o estacionamientos colectivos privados, una preinstalación mínima para que el propietario de cada plaza de aparcamiento pueda conectarse posteriormente sin incurrir en costes más altos. Esta preinstalación consiste en una conducción (mediante tubos y canales) hasta las plazas de aparcamiento. La preinstalación no incluirá ni contador, ni cables ni interruptores, sino simplemente los huecos y las canalizaciones.
  • En aparcamientos públicos permanentes o estacionamientos de flotas privadas, las instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada cuarenta plazas.

2.- En la vía pública deberán efectuarse las instalaciones necesarias para dar suministro a las estaciones de recarga para las plazas previstas en el Planes de Movilidad Sostenible supramunicipales o municipales.

La aprobación de esta norma comportará beneficios medioambientales (reducción de emisiones de CO2); en política industrial (sectores de automoción y de equipamiento eléctrico), en política comercial por la reducción del déficit comercial a causa de importación de productos petrolíferos, en movilidad urbana, calidad de vida y unidad de mercado.

Dotaciones mínimas

El Reglamento se limita a fijar las dotaciones mínimas de la estructura desde el punto de vista de la seguridad, por lo que no toma partido por ninguna de las dos alternativas que, en teoría, podrán ser aplicables: el sistema colectivo, que consiste en una línea eléctrica única de acceso al parking con derivaciones a cada plaza; y el sistema individual, que consiste en tirar una línea eléctrica específica para cada punto de recarga en el parking desde el contador de cada vivienda.

En consecuencia, la decisión final quedará en manos del consumidor, que podrá optar por cualquiera de ellas, a la vista de la situación concreta de la instalación, el distribuidor de la zona o en función de las ofertas que pudiera formular el suministrador.

Si estás pensando en comprar un vehículo eléctrico y no sabes qué necesitas para poder recargarlo, en Arlangton te podemos dar todo el asesoramiento que necesites.

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